AGUASCALIENTES, AGS.- Los imputados por el homicidio del sujeto apodado “El Huevo” admitieron su participación en los hechos y accedieron a un procedimiento abreviado en su beneficio, como una forma de terminación anticipada del proceso penal que les permite acceder a una pena atenuada, por lo que fueron sentenciados a 4 años de prisión por la comisión del delito de homicidio simple intencional.

Los hechos acontecieron en el mes de mayo de este año, cuando fue sorprendida la víctima por los sentenciados en el interior de un domicilio de la colonia Las Cumbres, al oriente de esta ciudad capital, en el momento en que dicho sujeto perpetraba un robo.

Lo anterior provocó la ira de sus victimarios y tomando venganza por propia mano, ya que no era la primera vez que se introducía a dicho domicilio para apoderarse de diversos bienes, lo que produjo el lamentable resultado de la privación de vida de la víctima.

Tomando conocimiento de los hechos, la Fiscalía General inició la correspondiente carpeta de investigación, acudiendo a la escena del crimen personal adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Homicidios, con el auxilio de peritos legistas especializados a efecto de iniciar los protocolos de cadena de custodia y preservación del lugar, procediendo a la fijación embalaje y levantamiento de indicios y datos de prueba, a fin de indagar en la certeza jurídica y científica que llevara a esclarecer la verdad histórica en la mecánica de los hechos.

Atento a lo anterior, el Fiscal de la causa logró establecer de manera contundente y científica un exceso de la legítima defensa, toda vez que existió desproporcionalidad en la actuación de los sentenciados.

En tal tenor, la Representación de la Sociedad determinó la judicialización del caso al formular imputación por la posible comisión del delito de homicidio en contra de los llamados balconeros, mismos que fueron vinculados a proceso con prisión preventiva para dar cauce a la investigación complementaria.

En esta etapa del proceso, el Fiscal de la causa propuso a los vinculados, como único facultado para hacerlo, de acuerdo a lo señalado por el Código Nacional de Procedimientos Penales, que se acogieran a un procedimiento abreviado mediante el cual accederían a importantes beneficios procesales de disminución de la pena, a fin de obtener una sentencia prácticamente inmediata y lograr con ello certeza jurídica para los sentenciados y sus familias, propuesta que fue rechazada por los imputados y su defensor, que ofreció públicamente acreditar la legítima defensa y con ello la absolución de los imputados, señalando que el trabajo de investigación de la Fiscalía General había sido deficiente.

Después de más de 6 meses de haber iniciado el proceso y una vez que se agotó la investigación complementaria, sin que se hubiesen aportado datos de prueba para lograr acreditar la teoría ofrecida por la defensa de los imputados, habiéndose fortalecido la teoría del caso del Ministerio Público, se acordó por las partes la adopción de un procedimiento abreviado, a partir de un planteamiento de la Fiscalía con la finalidad de lograr la obtención de beneficios procesales para los imputados, previstos por el Código Nacional de Procedimientos Penales, que fue finalmente acogido por la defensa.

Ante esto, los tres balconeros fueron sentenciados, cada uno, a 4 años de prisión por homicidio.

Noticiero El Circo