• El legislador local por el PRD presentó la modificación a la fracción I del artículo 30 BIS de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
  • Se pretenden ampliar a un periodo de seis meses las órdenes de protección a mujeres violentadas

AGUASCALIENTES, AGS.- Aguascalientes se encuentra entre las cinco entidades federativas con los niveles más altos de violencia contra la mujer en el país, por lo que es imperioso reforzar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el año 2007, expuso el legislador local por el PRD, Iván Sánchez Nájera, al presentar ante la Diputación Permanente el proyecto por el que se modifica la fracción I del artículo 30 BIS de la citada ley, ampliando la duración de las órdenes de protección.

En la sesión celebrada este miércoles, el diputado perredista expuso que la orden de protección surtirá sus efectos al momento de ser notificada, y en la misma se citará al agresor a comparecer ante el juez que habrá de emitir la orden el día posterior en que la reciba, esto con el objetivo de celebrar audiencia de pruebas y alegatos, “cuando la orden de protección sea otorgada por el Ministerio Público, éste remitirá el expediente al juez competente para que realice la notificación de referencia y dé el trámite previsto en el presente Artículo”, expuso Iván Sánchez Nájera.

En este sentido, el legislador perredista destacó la importancia de  ampliar la duración de la medida en un tiempo estimado de seis meses, para que los lapsos entre la medida y el procedimiento que se instaure en contra del agresor se empaten y, por ende, se asegure que la mujer que sufrió violencia no sea molestada u hostigada por su victimario, “de aprobarse la propuesta de reforma, se garantiza un mayor tiempo de protección a cualquier mujer que sufrió cualquier tipo de violencia, doméstica, sexual, laboral, entre otras”, subrayó.

Con dicha reforma, el juez tendrá veinticuatro horas para dictar resolución donde confirme, modifique o revoque la orden de protección. Atendiendo al peligro existente, el tipo de medida implementada y al interés superior de la víctima, en la resolución se podrá: I. Prolongar las órdenes de protección de emergencia o preventivas hasta por seis meses; o II. Prolongar las órdenes de protección de naturaleza civil por el tiempo que determine el propio juez, explicó.

Iván Sánchez Nájera destacó que el juzgador durante el desahogo de la audiencia deberá evitar cualquier circunstancia que propicie la revictimización de la mujer violentada. “Es preocupante que nuestro estado figure dentro de las entidades con los más altos índices de violencia, por lo que es menester que entablemos acciones para abordar este problema que afecta a las mujeres aguascalentenses”, concluyó el diputado perredista.

Noticiero El Circo