AGUASCALIENTES, AGS.- El Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado aportó las pruebas convincentes que imputaron contundentemente a Eduardo Noyola Cheques y/o Eduardo Noyola Cheque alias “El Men” y José Esquivel Castañeda dentro del delito de lesiones dolosas calificadas por premeditación, ventaja y alevosía en agravio de José Alberto.

A través de las investigaciones que personal de la Fiscalía General del Estado llevaron a cabo, el Juzgado Sexto Penal (Sistema Tradicional) determinó que las pruebas aportadas durante el juicio eran suficientes para dictar la sentencia condenatoria que consta de 8 años y 4 meses de prisión así como al pago de una multa.

Con relación a los hechos, el día 21 de enero del año 2015, aproximadamente a las 19:30 horas, en el domicilio ubicado en el fraccionamiento Lomas de San José de los Pocitos, arribaron los sentenciados y tocaron la puerta, al abrir la víctima José Alberto fue cuestionado sobre el paradero de su padre, a lo que la víctima les indicó que desconocía donde se encontraba; posterior a ello, le proporcionaron un número telefónico que trató de anotar, siendo en ese momento cuando recibió disparos de arma de fuego por parte de sus victimarios.

Los disparos ocasionaron alteraciones en la salud de José Alberto, ya que le produjeron dos heridas, la primera con orificio de entrada de forma oval con bordes invertidos y equimosis violáceo morado en parte inferior del párpado inferior derecho, otra herida en paladar duro a la derecha de la línea media de bordes evertidos; otra herida con orificio de entrada de forma oval con bordes invertidos con halo equimótico, localizado en cara anterior de muslo izquierdo, tercio medio con orificio de salida, localizado en región inferior de glúteo izquierdo con sangrado activo, lesiones que pusieron en peligro la vida de la víctima, requirieron hospitalización y dejaron consecuencias médico legales como alteraciones en la marcha y síndrome craneoencefálico post-conmocional leve, las cuales fueron provocadas conjuntamente por los inculpados.

Consumada la agresión, los responsables se dieron a la fuga a bordo de un vehículo, el cual dejaron abandonado calles más adelante; posteriormente intervinieron los agentes del Grupo de Homicidios, quienes ubicaron el automotor, donde se encontraban pruebas de su participación dentro del ilícito.

La acreditación de que Eduardo y José había llevado a cabo las lesiones a la víctima, quedaron comprobadas con las prueba de valoración que llevaron a cabo elementos de la Dirección General de Investigación Pericial.

Dentro del desahogo de pruebas, el Agente del Ministerio Público demostró que Eduardo Noyola Cheques y/o Eduardo Noyola Cheque y José Esquivel Castañeda actuaron de manera conjunta utilizando un arma de fuego con la cual alteraron la salud de la víctima y aprovecharon las circunstancias de superioridad que imposibilitaron su defensa.

José Alberto fue sorprendido de forma dolosa, ya que la intención de los sentenciados era arremeter en contra de su padre.

En consecuencia, Eduardo Noyola Cheques y/o Eduardo Noyola Cheque y José Esquivel Castañeda fueron internados en el Centro de Readaptación Social para Varones de El Llano, donde permanecerán 8 años y 4 meses en prisión y deberán efectuar el pago de una multa; el fallo fue dictado por el Juzgado Sexto Penal.

Noticiero El Circo