AGUASCALIENTES, AGS.- En reposición de juicio, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó nueva sentencia en contra de Juan Rivo por los hechos delictivos de homicidio doloso calificado con premeditación, alevosía y ventaja y lesiones dolosas calificadas con premeditación, ventaja y cuando el responsable tenga relación de pareja con la víctima.

Durante el juicio final, el Juzgado dictó 15 años de prisión por el primer hecho delictivo, mientras que por el segundo se logró comprobar a través de los datos de prueba la agravante de premeditación, por lo que se le condenó a 1 año y 8 meses; de la misma manera, el imputado tendrá que pagar la cantidad de 365 mil 200 pesos como reparación del daño.

Consta en la carpeta de investigación que Juan Rivo y su pareja sentimental ocupaban una habitación en el domicilio del hoy occiso, ubicado en el fraccionamiento Lomas del Mirador; es el caso que el domingo 9 de octubre del 2016, aproximadamente a las 09:00 horas, los tres comenzaron a ingerir bebidas embriagantes; posteriormente, a las 14:00 horas, Juan Rivo salió por otra botella, regresando a la casa acompañado de otro sujeto, con el cual estuvieron conviviendo.

Es el caso que el amigo de Juan Rivo le dio dinero para que comprara otra botella, mientras que en la casa se quedaron la pareja del sentenciado sentada en un sillón de la sala y el finado, quien estaba sentado en el suelo; fue en ese momento que el conocido del imputado se le insinúo a la novia de Juan, por lo que ésta lo rechazó en diferentes ocasiones, siendo en ese momento cuando el occiso se sentó en medio de ellos con la intención de que el amigo del sentenciado la dejara en paz.

Posteriormente, el sujeto salió de la casa, siendo en ese momento cuando arribó el sentenciado, quien observó al hoy occiso al lado de su pareja sentimental, lo que provocó su enojo, refiriéndole a la fémina su deslealtad hacia con él, a lo que ella negaba en todo momento que lo estuviera engañando con la víctima; sin embargo, continuaron bebiendo hasta que la mujer comenzó a sentirse mal, lo mismo que el finado, quien decidió retirarse a su habitación.

Fue hasta el día siguiente, lunes 10 de octubre, cuando Juan Rivo, no conforme con la explicación de su pareja, se metió a su habitación, donde sacó un cuchillo de aproximadamente 20 centímetros de mango de madera y con dientes, con el cual lesionó su novia en la mano derecha, al mismo tiempo que le propinó golpes en la parte izquierda de su abdomen.

Cuando dejó de agredir a su pareja, se dirigió de nueva cuenta a su recámara y cuando salió se dirigió hacia la otra habitación, donde se encontraba el hoy occiso, a quien comenzó a golpear en repetidas ocasiones hasta agredirlo con el mismo cuchillo en diferentes partes de su cuerpo, mismas que fueron la causa de su muerte.

Derivado de los hechos, se logró dar con la detención del sentenciado mediante los trabajos de inteligencia por parte del personal de la Fiscalía General del Estado, lográndose establecer a través de la Unidad Especializada en Investigación de Homicidios en coordinación con la Dirección General de Investigación Pericial, la participación de Juan Rivo dentro de los hechos delictivos de homicidio doloso calificado con premeditación, alevosía y ventaja (en agravio del occiso) y lesiones dolosas calificadas con premeditación, ventaja y cuando el responsable tenga relación de pareja con la víctima.

Una vez cumplimentada la correspondiente orden de aprehensión por conducto de agentes investigadores y llevado a la audiencia inicial, el AMP en su momento formuló la  correspondiente imputación, lográndose obtener auto de vinculación a proceso por los hechos delictivos señalados en contra del imputado Juan Rivo.

Por lo anterior, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó nueva sentencia en contra de Juan Rivo por homicidio doloso calificado con premeditación, alevosía y ventaja y lesiones dolosas calificadas con premeditación, ventaja y cuando el responsable tenga relación de pareja con la víctima; es por ello que el imputado tendrá que pasar 15 años de prisión por el primer hecho delictivo, mientras que por el segundo se logró comprobar a través de los datos de prueba la agravante de premeditación por lo que se le condenó a 1 año y 8 meses.

Noticiero El Circo